Menú
Suscripción

Certeza o confusión

Poco más de 150 kilómetros separan los puertos de Vigo y Leixoes, en Portugal. Algo más de una hora y media por autopista.  Apenas 76 millas náuticas en barco. Un paseo. Ambos puertos pertenecen a Estados miembros de la Unión Europea, por lo que  les debieran ser de aplicación las mismas normativas y los mismos trámites administrativos en materia de comercio exterior con terceros países; esto es, la legislación comunitaria. 

  • Última actualización
    17 abril 2019 17:09

Sin embargo, algo no funciona como debiera, según llevan denunciando desde hace un tiempo diferentes actores relacionados con la industria pesquera y logístico-portuaria de nuestro país.

En concreto, ATEIA Galicia y el Colegio Oficial de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Vigo, así como FETEIA-OLTRA, han denunciado ante el Ministerio de Sanidad el desvío de mercancías que están sufriendo puertos españoles como el de Vigo a otros europeos como Leixoes, tras la entrada en vigor de una instrucción que obliga a los Puestos de Inspección Fronterizos a requerir un certificado de capturas pesqueras, algo que no se aplica en el resto de Estados miembros.

La medida instaura un procedimiento en exceso riguroso sin que existan garantías de que, en otros países, como Portugal, se aplique ese mismo procedimiento. La instrucción del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social supone, por tanto, reincidir en los mismos problemas y no hace sino reactivar el desvío de mercancías justo cuando puertos como Vigo lo estaban recuperando, no sin gran esfuerzo.

Los transitarios denuncian que hay mercancías desviadas a otros puertos de la Unión Europea donde la instrucción de Sanidad no se aplica, “con la consiguiente pérdida de competitividad de los puertos españoles frente a los del resto de Europa” y que también hay mercancías retenidas en puerto por parte de la Inspección a la espera de aclaraciones o modificaciones de los certificados.

Ante esta situación, los operadores no se atreven a introducir mercancías a través de los puertos españoles, debido a la inseguridad jurídica existente, y los proveedores se niegan a cargar sus mercancías con destino a España, aceptando solamente pedidos para otros puertos europeos.

Los operadores económicos, como lo pueden ser los importadores, exportadores o transitarios, necesitan seguridad jurídica para el desarrollo libre de su actividad. La seguridad jurídica, entendido como certeza y prohibición de la arbitrariedad, es un factor determinante para el desarrollo económico. Exige necesariamente la existencia de reglas claras, bien elaboradas, dotadas de publicidad y aplicadas de forma coherente y uniforme, así como que las decisiones que se adopten como resultado de dicha aplicación sean efectivamente ejecutadas. 

La seguridad jurídica exige también la erradicación de la arbitrariedad en la actuación de los poderes públicos, que es lo contrario de la certeza y de la seguridad. No parece que ninguna de estas circunstancias se haya producido en los hechos denunciados por los colectivos antes citados ante la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.  

Seguramente, Maria Luisa Carcedo estará a estas horas más ocupada en campañear en Asturias por revalidar su acta de diputada en el Congreso que en  tratar de solucionar el entuerto que su propio Ministerio  ha ocasionado. Aunque quién sabe... tal vez tenga una segunda oportunidad para deshacerlo.