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Ingenuo ignorante

Como preguntar no es ofender, me van a permitir que hoy les traslade una serie de cuestiones para las que no tengo respuesta, bien por ignorancia, bien por ingenuidad, en torno al asunto del transporte terrestre en los puertos, jardín en el que está negociando soluciones Puertos del Estado.

  • Última actualización
    29 septiembre 2018 01:54

En primer lugar, ¿cómo es que Fenatport se esfuerza en reclamar a OPPE que se reconozca el transporte terrestre como servicio comercial en los puertos? ¿Cómo es que entramos en una discusión sobre si hay que reconocerlo o no? ¿Cómo es que debatimos sobre si Puertos del Estado tiene que “ceder” ante esta petición? Y, sobre todo, ¿cómo es posible que discutamos públicamente si la decisión de OPPE ha sido en un sentido u en otro cuando nadie tiene que decir nada, ni Puertos del Estado debe tomar decisión alguna, pues la Ley vigente ya dice sin temor a equivocación en la interpretación que el transporte terrestre en un servicio comercial? Sí, sí, lo dice desde que se aprobó esa Ley, no desde hace unas semanas cuando se sentaron OPPE y Fenatport.Insisto en que me disculpen por la ingenuidad. ¿Cómo es posible que la Ley no se haya cumplido a este respecto, que no se haya desarrollado este concepto del transporte terrestre como servicio comercial? ¿Ha habido miedo a romper los estatus quo vigentes? ¿Era mejor hasta ahora para el transporte terrestre la “autogestión”, por decirlo finamente, que lo que fijaba la ley? ¿Qué papel juega en todo esto las actuaciones en los últimos tiempos de la CNC, tanto para paralizar intentos de regulación como para alertar de que acabados los tiempos de los chiringuitos es mejor poner orden al amparo de la legalidad?Más. ¿Se es plenamente consciente de lo que implica ser servicio comercial? ¿Por qué se quiere difuminar desde ciertos ámbitos que, según la ley, ser servicio comercial implica que toda empresa de transporte terrestre que quiera trabajar en un puerto deberá contar con una autorización de la autoridad portuaria? Por mucho que se quiera defender que con el asunto del servicio comercial no se quiere restringir el acceso al mercado, el simple hecho de existir una autorización ¿no es ya una barrera de acceso?Perdonen mi ignorancia y reiteración: si la ley fija que la prestación de este servicio “deberá ajustarse a las condiciones particulares” que determine cada autoridad portuaria, ¿han acertado las autoridades portuarias en su posicionamiento? ¿Es posible fijar condiciones a la prestación de servicios y tener que expedir autorizaciones ,al tiempo que en la misma ley se reclama que se adopten medidas para promover la competencia en la prestación del servicio? ¿No es esto una trampa o al menos una contradicción? No son preguntas capciosas.En esta misma línea, ¿cómo es que ahora se está negociando con Fenatport un pliego de condiciones marco de prestación de este servicio, con una propuesta de redacción en la que está trabajando la Federación? ¿No ha habido posicionamiento hasta el día de hoy con respecto a este asunto de nadie?Vuelvo a mi ignorancia. ¿Es necesario fijar una nueva regulación del transporte terrestre al margen de la legislación vigente? ¿No tiene cabida el transporte terrestre en los puertos en la LOTT, por ejemplo? ¿No debe ser ese el marco de regulación y no un pliego que puede fomentar la imagen de los puertos como coto cerrado, amén de autorizaciones?Y la clave, ¿no es tal vez la redacción de la ley poco acorde con la doctrina sobre competencia en lo relativo al transporte terrestre y a lo que implica ser servicio comercial?Aún así, ¿qué se puede achacar a OPPE y a Fenatport si se están limitando a buscar salidas para cumplir la Ley?