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CETM alerta de las incidencias en la exportación de animales vivos por el Puerto de Algeciras

  • Última actualización
    25 abril 2024 12:46

El Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación (MAPA) ha trasladado a CETM Animales Vivos su preocupación por la actual situación que se está dando en el Puerto de Algeciras. El principal motivo es que se ha detectado un gran número de incidencias referentes a las planificaciones, las cuales son totalmente dispares a las horas reales de viaje.

MADRID. Ante esto, CETM Animales Vivos pide a los exportadores y transportistas que realicen las planificaciones de los viajes de forma realista. La Administración ha avisad oa la organización de la CETM de la realización de un seguimiento exhaustivo de todas las planificaciones, contrastando los tiempos de viaje de los animales con los datos de tacógrafo de los conductores. Los infractores serán sancionados con cuantías entre los 600 € y los 3.000 € (sanción leve según la Ley 8/2003).

CETM Animales Vivos, la asociación de la CETM especializada en el transporte de animales vivos, alimentación animal y SANDACH (Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano), quieren reiterar que el Reglamento de Ejecución (UE)2023/372, de obligado cumplimiento en España desde el 1 de abril de 2024, indica que no se podrán transportar animales con más de 8 horas de viaje con destino a los puntos de salida de la UE, a no ser que estén equipados con un puesto de control autorizado, situado a un tiempo de viaje inferior a dos horas.

Para asegurar que se cumple este Reglamento, todos los operadores (transportistas y exportadores) deberán tener en cuenta el tiempo de la carga (30-45 min), el tiempo del descanso del conductor (45 min cada 4,5 horas de conducción) y la velocidad media del viaje, el cual será de 75 km/hora en el caso de que el trayecto discurra enun 70% por vía de alta velocidad o de 70 km/hora en el caso contrario, es decir por carretera convencional.

Por último, CETM Animales Vivos hace un llamamiento a todos sus asociados aconsejándoles que, antes de realizar cualquier viaje, verifiquen que pueden realizar este recorrido sin exceder las 8 horas marcadas en el Reglamento. El incumplimiento de forma reiterada de un mismo hecho en menos de dos años implica que la Administración puede incrementar la cuantía de la sanción por una acción de reiteración