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Transportes y CNTC acuerdan un Real Decreto con medidas de apoyo a la carretera

  • Última actualización
    30 marzo 2026 17:23

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y el Departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) han acordado la adopción de una serie de nuevas medidas encaminadas a afrontar las consecuencias de la guerra de Irán en el sector del transporte por carretera, medidas que se plasmarán en un nuevo Real Decreto-ley que se elevará al Consejo de Ministros.

MADRID. En el encuentro mantenido hoy entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y el CNTC se ha acordado la modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio de combustible. Esta fórmula no necesitará revisiones adicionales en futuras situaciones, ya que estará vinculada al precio del combustible antes de impuestos. A fecha de hoy, el peso del combustible se incrementaría del 30% actual al 40 por ciento.

Del mismo modo se modificará la redacción del artículo 38 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías para reforzar que la aplicación de la fórmula es automática y obligatoria.

La futura normativa recogerá asimismo la obligación de desglosar en la factura el ajuste por variación del precio del carburante prevista en el Real Decreto-ley 3/2022, eliminándose la posibilidad de recoger expresamente en los contratos otra forma de reflejar este ajuste. Asimismo, se asume el compromiso de analizar, en el marco de estas medidas, un tipo sancionador que penalice el incumplimiento de las medidas anteriores.

Asimismo, la reunión de hoy ha servido para clarificar algunas de las medidas ya anunciadas el pasado 27 de marzo, un extremo que había demandado el propio CNTC. En concreto, los precios medios del gasóleo deberán tomarse como referencia sin incluir impuestos, ni IEH ni IVA. Además, para el cálculo de la revisión del precio del transporte, no se podrán considerar las bonificaciones y ayudas extraordinarias y temporales contempladas en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo.

Los representantes de la Administración han confirmado que España ya ha presentado la notificación del esquema de ayudas del Real Decreto-Ley 7/2026 que permita superar el límite máximo establecido en “minimis”. En concreto, se ha informado que se ha celebrado una primera reunión técnica con los servicios comunitarios y se han remitido por escrito las aclaraciones requeridas por los equipos técnicos de la Comisión Europea.

Finalmente, en relación al régimen de módulos, se ha informado que el Ministerio de Hacienda ya publicó, ese mismo día, una aclaración en la línea ya establecida para el año 2025. Igualmente, se ha aclarado que la bonificación ya implantada en el Real Decreto-Ley 7/2026 abarca al HVO y el Biodiésel.

Tras la reunión, ambas partes se comprometen a mantener abierta la mesa de negociación permanente para perseguir los puntos pendientes que dependen de la aprobación de una autorización o de un marco temporal de ayudas de Estado por parte de la Comisión Europea.

Por parte de la Administración General del Estado han acudido la secretaria general de Transporte Terrestre, Rocío Báguena; la directora general de Transporte por Carretera y Ferrocarril, Elena María Atance; el director general de Tributos del Ministerio de Hacienda, Jorge Ferreras; y el director general de Política Económica del Ministerio de Economía, Javier Muñoz.