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El Ayuntamiento desbloquea el procedimiento que permitirá la utilización del edificio de Docks en el Puerto de Valencia

La Junta de Gobierno Local ha desestimado la solicitud de suspensión del procedimiento que se sigue para adjudicar un derecho real de superficie sobre el edificio de propiedad municipal conocido como Docks.

VALENCIA. El Partido Popular había solicitado que se suspendiera el plazo para el procedimiento de adjudicación hasta conocer el informe correspondiente de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

El vicealcalde y concejal de Ecología Urbana, Sergi Campillo, ha informado tras la reunión de la Junta de Gobierno que se desestima la solicitud ya que “no existe ningún impedimento para que se pueda aprobar la adjudicación del contrato”.

Campillo ha recordado que el informe a la Dirección General de Cultura y Patrimonio se solicitó el 14 de octubre del año pasado a fin de determinar si procede o no la modificación del Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos. Además ha enumerado una serie de informes que constan en el expediente, entre ellos uno del servicio de Actividades y del servicio de Tecnologías de la Información según el cual un centro de datos quedaría incluido entre los usos que contempla el plan general y otro, también del servicio de actividades, en el que se informa de que el uso como central de telecomunicaciones no figura entre los usos prohibidos para la parcela en la que se sitúa el edificio de los Docks.

El regidor de Ecología Urbana ha señalado que “el pliego de cláusulas jurídicas y económico administrativas que rigen la constitución de este derecho de superficie contempla numerosas prescripciones que tienen como finalidad garantizar la salvaguarda y protección de este inmueble”.

“Por tanto”, -ha añadido Campillo- “en el momento actual del procedimiento, una vez valoradas las ofertas, no existe ningún impedimento para que se pueda aprobar la adjudicación del contrato”.

El vicealcalde ha recordado también que la entidad que finalmente resulte adjudicataria tendrá que obtener con anterioridad a la realización de las obras la correspondiente licencia de intervención y será en ese momento “cuando necesariamente tendrá que estar determinada la protección del edificio para que se pueda elaborar el proyecto de intervención adecuado a las condiciones patrimoniales resultantes”.