Menú
Suscripción
MARÍTIMO · Esta herramienta refuerza funciones como la Auditoría Interna o el Cumplimiento Normativo

La APV ahonda en el desarrollo de un Canal Ético y refuerza su política de buen gobierno

  • Última actualización
    28 abril 2023 05:20

Con el objetivo de reforzar su estrategia de transparencia y eficacia en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), la Autoridad Portuaria de Valencia mantiene su apuesta por el desarrollo de un Canal Ético en línea con el Plan de Medidas Antifraude aprobado por el Consejo de Administración en diciembre de 2021.

Valencia. La Autoridad Portuaria de Valencia ha sacado a licitación el desarrollo y gestión de un Canal Ético por un período de 36 meses y un valor estimado de 119.000 euros.

El objeto de este contrato es la prestación del servicio externo accesible vía web para la gestión de las consultas y denuncias cursadas a través de ese canal. El contrato incluye los servicios de apoyo jurídico, consultoría y emisión de informes en relación con la tramitación interna de esas consultas y los procesos de investigación.

Además de mejorar los valores y cultura de la propia APV, dicho canal se va a convertir en una herramienta para mostrar a la sociedad, autoridades, clientes y empleados el código de buenas prácticas éticas de Valenciaport, y asegura el cumplimiento de los procedimientos y políticas organizativas, así como de las obligaciones legales y sociales de la APV. Asimismo, contar con este canal va a permite una gestión rápida y eficaz de las denuncias, y ayudará a prevenir la pérdida de patrimonio.

Esta herramienta servirá para mostrar a la sociedad el código de buenas prácticas éticas de la Autoridad Portuaria de Valencia y para asegurar el cumplimiento de los procedimientos y políticas organizativas, así como de las obligaciones legales y sociales de la APV

La existencia de un canal ético responde a la obligación de la Directiva (UE) 2019/1937, la Ley 2/2023, las iniciativas de integridad comprometidas por el Consejo de Administración y a toda la normativa existente que incluye la necesidad de disponer de un mecanismo de recogida de consultas.

En ese sentido, no es la primera vez que la APV cuenta con una plataforma de estas características, ya que en mayo del pasado año se puso en marcha el primer servicio de gestión externa del Canal Ético, que permitiese su despliegue inmediato y sirviera de experiencia.

Un instrumento para crear confianza

La Autoridad Portuaria de Valencia (APV) está comprometida con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre los cuales se incluyen los relativos a “paz, justicia e instituciones sólidas”, que persiguen la reducción de la corrupción y el soborno, la creación de instituciones eficaces y transparentes o la garantía de acceso público a la información.

Funciones como la Auditoría Interna y Cumplimiento Normativo tienen como meta la mejora del control interno como base sólida necesaria para garantizar la integridad institucional y el buen gobierno.

En ese sentido, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia dio luz verde en diciembre de 2021 al Código de Conducta de la APV y al primer Plan de Medidas Antifraude de la APV que pone en valor la prevención, detección, corrección y persecución de conductas fraudulentas.

En esta línea, contar con un Canal Ético es imprescindible, ya que se configura como un instrumento efectivo para reducir los riesgos y crear confianza, ya que permite la detección de incumplimientos en una etapa temprana, actuando como mecanismo de prevención de acciones indebidas.

La implantación de este canal es obligatoria,en virtud del cumplimiento de los Capítulos III y IV de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre del año 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea.

La transposición a la legislación española se ha materializado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que establece, entre otras, la obligación de disponer de un sistema interno de información como cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones contra el Derecho de la Unión Europea o infracciones penales o administrativas graves o muy graves, permitiendo siempre que se puedan tratar de manera efectiva y sin riesgo de represalias.