El régimen sancionador aprobado en 2021 ha transformado uno de los problemas históricos del transporte por carretera. Los plazos medios de pago han caído hasta mínimos históricos, aunque más de cuatro de cada diez operaciones siguen incumpliendo todavía el límite de referencia de 60 días, mientras el sector reclama nuevas medidas para erradicar definitivamente la morosidad.
MADRID. Desde hace décadas, la morosidad es uno de los principales lastres estructurales del transporte de mercancías por carretera en España. Para miles de autónomos y pequeñas empresas transportistas, y no tan pequeñas, realizar un servicio no ha venido significando necesariamente cobrarlo, no ya en plazo, sino en un plazo razonable. Así, durante años ha venido siendo habitual esperar una media de más de 80 días para recibir el pago de una factura, sin olvidar los numeroso casos que excedían los 120 días, como procedimiento habitual en muchas operaciones.
Sin embargo, el panorama ha cambiado de forma significativa en los últimos años. La combinación de una mayor presión regulatoria, con medidas como la entrada en vigor del régimen sancionador específico contra la morosidad, unida a una creciente concienciación dentro de la cadena logística ha provocado una reducción histórica de los plazos medios de pago.
Los datos del Observatorio Permanente de la Morosidad, elaborado por la FundaciónQuijote (gráfica adjunta), muestran con claridad esa evolución.
A comienzos de 2021, la media de pago según el Observatorio se situaba en torno a los 83 días; incluso llegó a alcanzar picos de 87 días durante algunos meses de ese ejercicio. Desde entonces, la tendencia ha sido claramente descendente hasta situarse en abril de 2026 en 53 días, el nivel más bajo de toda la serie reciente.
La mejora resulta especialmente relevante porque la morosidad ha acompañado al transporte prácticamente desde siempre.
El presidente de la patronal CETM, Carmelo González, recuerda que se trata de uno de los grandes problemas estructurales del sector.
“La morosidad ha sido, junto con la baja rentabilidad, uno de los problemas estructurales más graves que ha sufrido el transporte de mercancías por carretera durante los últimos años”, señala González a Diario del Puerto.
“Hemos pasado por etapas en las que los plazos medios de pago superaban ampliamente los 80 días y en las que era habitual encontrar operaciones que se cobraban incluso a más de 120 días”, recuerda el presidente de CETM.
Desde Fenadismer, su secretario general, Juan José Gil, destaca en este sentido que la última década ha estado marcada por una reducción progresiva de los plazos de cobro que ha permitido pasar de más de 80 días de media a los 53 días registrados en el primer semestre de 2026.
La relevancia de esta evolución, como se señala desde el sector, radica en que el transporte es una actividad intensiva en costes corrientes. Los transportistas deben afrontar pagos continuos de combustible, salarios, seguros, peajes, mantenimiento y financiación de vehículos independientemente de cuándo cobren sus facturas. Por ello, los retrasos en los pagos tienen un impacto directo sobre la liquidez de las empresas.
Sanciones
Aunque la mejora ya había comenzado a apreciarse antes, el verdadero punto de inflexión llegó a finales de 2021 con la entrada en vigor del régimen sancionador por incumplimiento de los plazos de pago en el transporte.
La reforma introdujo un elemento que durante años había reclamado el sector: consecuencias reales para quienes incumplieran la normativa. “Fue una reivindicación histórica del Comité Nacional de Transporte por Carretera y de CETM porque entendíamos que una Ley sin mecanismos efectivos de control y sanción era difícilmente aplicable”, explica Carmelo González.
Desde entonces, las empresas cargadoras e intermediarias que superan los plazos legales pueden enfrentarse a sanciones económicas, lo que ha generado un efecto disuasorio.
Además, según Juan José Gil, “la inspección activa y la publicación del listado de infractores han actuado como elementos disuasorios clave, reduciendo significativamente los impagos a largo plazo y consolidando el cumplimiento de la ley”.
Esta percepción también es compartida desde el ámbito de los cargadores. Jordi Espín, secretario general de Spanish Shippers’ Council (SSC), añade además que la principal transformación en estos años ha sido cultural.
“El principal cambio ha sido la transformación de una práctica que durante años se había normalizado en determinados ámbitos de la cadena de suministro y que ahora puede conllevar consecuencias administrativas y reputacionales”, afirma Espín.
Durante años fue habitual esperar más de 80 días para recibir el pago de una factura, plazo que en ocasiones superaba los 120 días
A su juicio, el nuevo marco regulatorio ha aumentado la sensibilidad de todos los actores respecto al cumplimiento de sus obligaciones financieras y ha impulsado una mejor gestión documental y administrativa de los procesos de pago.
Para Fenadismer, cinco años después de las grandes reformas normativas, el sector se sitúa en un “mínimo histórico” en la media de los plazos de pago, algo conseguido gracias al régimen sancionador. Sin embargo, la fotografía completa revela que todavía existe margen de mejora. Juan José Gil advierte de que “el 41% de los cargadores aún incumple el límite legal de 60 días”. Mientras, desde CETM se insiste en que la reducción de la media no debe ocultar la persistencia de incumplimientos. “El objetivo no debe acercarnos a los 60 días, sino cumplir la normativa”, comenta Carmelo González.
Desde SSC se subraya que el nuevo marco regulatorio ha aumentado la sensibilidad de todos los actores respecto al cumplimiento de sus obligaciones financieras y ha impulsado una mejor gestión documental y administrativa
“Mientras existan empresas que sigan pagando por encima de ese límite, tendremos un problema pendiente de resolver”, añade el presidente de CETM a Diario del Puerto.
EL DATO
53
días. Desde 2021, la tendencia de morosidad ha sido claramente descendente, hasta situarse en abril de 2026 en 53 días, el nivel más bajo de toda la serie histórica reciente. En mayo subió a 56 días.
30 vs 60 días: los referentes normativos de pago en el transporte por carretera
De acuerdo con la legislación vigente y las distintas reformas normativas, el plazo máximo de pago sin incurrir en mora en España para el transporte de mercancías por carretera son un total de 30 días, tal y como recoge la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, referenciada a la exigencia general que para toda actividad económica se recoge en la Ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Ahora bien, dicha Ley de lucha contra la morosidad, tal y como se recuerda en la Ley del Contrato de Transporte, establece que este plazo máximo de pago podrá ser ampliado mediante pacto de las partes pero sin que, en ningún caso, se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales, es decir, prohibe el pacto en contrario más allá de los 60 días.
De esta manera, la reforma normativa impulsada en el año 2021 para la lucha contra la morosidad en el sector del transporte de mercancías por carretera, lo que hizo fue establecer un régimen sancionador para todas aquellas empresas que incumplan el límite máximo legal de pago “no dispositivo”, es decir, el plazo a partir del cual quedado prohibido el pacto en contrario: 60 días.
Superado este plazo, se consideran infracciones graves cuando el precio del transporte es igual o inferior a 3.000 euros e infracciones muy graves cuando el precio del transporte es superior a los 3.000 euros. Las sanciones oscilan entre los 401 y los 2.000 euros para las infracciones graves y los 3.000 y 18.000 euros para las infracciones muy graves. Ahora bien, en este caso la multa podría ascender a 30.000 si se considere que la conducta afecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica del acreedor o se ha superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago.
Un aspecto fundamental es que la reforma de 2021 reguló la publicación y divulgación del registro de empresas que son sancionadas por retraso en el pago, una medida también clave para la reducción de la morosidad
En este contexto, Carmelo González, presidente de CETM, recuerda que “”la morosidad no es únicamente un problema financiero: es una cuestión de justicia empresarial y de sostenibilidad para miles de empresas que garantizan cada día el abastecimiento de nuestro país”.
De los retrasos leves a las tretas para alargar plazos
Los grandes retrasos, superiores a los 120 días, han disminuido significativamente respecto a épocas anteriores, según el Observatorio de la Morosidad de la Fundación Quijote. No obstante, continúan existiendo. Ahora bien, Fenadismer señala que los incumplimientos más frecuentes son actualmente los retrasos moderados. Según el Observatorio, el 79% de los clientes incumplidores paga entre 60 y 90 días, mientras que la morosidad superior a 120 días sigue representando entre un 3% y un 4% de los casos.
Más control y más colaboración
Para seguir mejorando en el campo de la morosidad, según Fenadismer resulta prioritario mantener la actividad inspectora y avanzar hacia un nuevo marco europeo que reduzca aún más los plazos máximos de pago. La organización defiende la aprobación del reglamento comunitario actualmente en tramitación que plantea pagos en un máximo de 30 días y reclama extender el régimen sancionador a todos los sectores económicos.
“Asfixia financiera”
En el sector del transporte por carretera, la mayoría del tejido empresarial está formado por pymes y autónomos que cuentan con una capacidad financiera limitada. Para ellos, cada retraso supone una tensión adicional sobre su tesorería.
En este sentido, Fenadismer alerta de que la morosidad sigue provocando “asfixia financiera por falta de liquidez, sobrecostes por financiación bancaria y un alto riesgo de insolvencia”. Además, limita la capacidad de invertir en renovación de flotas y reduce la competitividad empresarial.
Y las consecuencias no afectan únicamente al transportista. Desde SSC, Jordi Espín advierte de que la falta de liquidez también repercute sobre la eficiencia global de la cadena de suministro: “La morosidad no afecta únicamente al transportista individual, sino que debilita la eficiencia y la resiliencia de toda la cadena de suministro”, ya que cuando una empresa tarda meses en pagar un servicio ya realizado, está financiándose gratuitamente a costa de otros agentes.
EN DESTACADO
Carmelo González
CETM
“En los últimos años se ha producido una mejora progresiva, aunque todavía insuficiente. Hoy los plazos medios se sitúan mucho más cerca del límite legal, pero seguimos sin poder afirmar que el problema esté definitivamente resuelto”.
EN DESTACADO
Juan José Gil
Fenadismer
“Los incumplimientos más habituales en el transporte de mercancías son los retrasos leves, con un 79% de clientes incumplidores pagando entre 60 y 90 días. Persiste una morosidad a largo plazo superior a 120 días en un 3-4% de los casos”.
EN DESTACADO
Jordi Espín
SSC
“Ha aumentado la importancia de la gestión documental y de la trazabilidad de los procesos de facturación y pago. En este contexto, iniciativas como la Certificación del Cargador Responsable (CCR) contribuyen a poner en valor las buenas prácticas”.